Son varios los autos de exoneración favorables a los clientes que se han gestionado desde el despacho de abogados zaragozano Forniés & Guelbenzu y que han terminado con elevados niveles de endeudamiento.
Ya son numerosas las exoneraciones de deuda conseguidas por el despacho zaragozano de abogados Forniés & Guelbenzu con la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Entre ellas, destaca una reciente por importe de 1.189.919,74 euros, que recogen los textos definitivos de la administradora concursal nombrada judicialmente, Irene Romea, encargada de apoyar esta concesión.
La beneficiada ha sido, en este caso, una mujer que arrastraba una elevada deuda desde hace años debido a los múltiples préstamos y avales bancarios suscritos y firmados durante su matrimonio y antes del divorcio. Dada su insolvencia y sus escasos recursos, al tener la nómina y las cuentas bancarias embargadas, nunca podría haber hecho frente a lo que le demandaban sus acreedores.
Así lo explica Mercedes Mitjavila, responsable del Área Concursal de Forniés & Guelbenzu, que lleva entre manos diversos casos similares en el despacho. Con la aplicación de la ley de Segunda Oportunidad, se convocan concursos de persona física, cuya finalidad es conseguir lo que se conoce como beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. «Hasta la fecha se ha conseguido la exoneración directa, total y definitiva de todos nuestros clientes», afirma Mitjavila, quien aclara que existe un asesoramiento previo al cliente, sobre la conveniencia o no de iniciar este tipo de procedimientos, según sus circunstancias y el tipo de deuda.
El objetivo es poder comenzar de cero y sin embargos, lo que permitirá que el exonerado pueda adquirir bienes, emprender un negocio propio o seguir con su vida laboral sin el estigma de los pagos pendientes. Para ello, el deudor ha debido satisfacer en su integridad los créditos contra la masa y privilegiados y haber intentado un previo acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. A continuación se establece la mediación concursal y se nombra a un administrador para que proceda a la liquidación de los bienes. El resultado se recoge en lo que se denominan autos de exoneración. El beneficio no incluye los créditos de derecho público y por alimentos.
«Hasta la fecha se ha conseguido la exoneración directa, total y definitiva de todos nuestros clientes»
En Forniés & Guelbenzu apuntan que, en algunos casos, la solicitud se plantea de forma conjunta por el matrimonio: «Es frecuente que las mismas deudas les afecten a los dos, y con los requisitos pertinentes se ha podido mantener la vivienda familiar sin que haya sido objeto de liquidación», concluye Mitjavila.
El despacho zaragozano, con sedes en Zaragoza, Jaca, Alicante y Pamplona, cuenta con 30 años de experiencia y una sólida estructura de profesionales que trabaja en las diferentes áreas del derecho, apostando por la especialización, la innovación y el trato cercano con el cliente.